Mediante varias Resoluciones de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud se convocaron Bolsas de Trabajo de las diferentes especialidades en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, así como en las categorías de Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, Médico/a de Urgencia Hospitalaria, Médico/a de Urgencias de Atención Primaria, Pediatra de Equipo de Atención Primaria, Psicólogo/a Clínico y Técnico/a de Salud, para la selección de personal estatuario temporal en las Instituciones Sanitarias en estas Bolsas de Trabajo para la valoración de nuevos méritos.

La Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales ha constatado que algunas de estas Bolsas de Trabajo se han agotado o están integradas por un escaso número de aspirantes, la mayoría de los cuales se encuentran prestando servicios, por lo que es previsible el rechazo de las ofertas que se les realicen, pudiéndose llegar a la situación de no poder realizar más llamamientos y posteriores nombramientos para la cobertura de las plazas que se encuentren provisionalmente desatendidas, con el consiguiente detrimento de la calidad asistencial.

El motivo de la realización de este corte extraordinario durante el estado de alarma es intentar evitar el perjuicio que se puede ocasionar a los distintos profesionales sanitarios comprendidos en el ámbito de aplicación de esta resolución, en el sentido de que, a pesar de haber finalizado su formación y cumplir con todos los requisitos establecidos en la normativa, no podrían comenzar a prestar servicios para el Servicio Extremeño de Salud al no formar parte de las diferentes bolsas de trabajo.

RESUELVE

Primero.- Establecer como fecha final para la realización de un corte extraordinario de actualización de valoración de méritos, el día 2 de junio de 2020, para aquellos aspirantes ya inscritos, así como para los que deseen inscribirse por primera vez en las Bolsas de Trabajo y formulen la solicitud inicial de inscripción de alguna o algunas de las categorías o especialidades contenidas en el Anexo I que acompaña esta Resolución.

Segundo.- Para que estas solicitudes iniciales de inscripción sean tenidas en cuenta, los aspirantes tendrán que completar el proceso telemático habilitado en la página web de empleo público del SES hasta la fecha señalada, haciendo constar los requisitos de admisión y consignando la valoración de los méritos que pudieran tener y elegir las opciones de zonificación y tipos de vinculación temporal.

Tercer.- El funcionamiento de las Bolsas de Trabajo de estas categorías se regulará por lo establecido tanto en las Resoluciones de 29 de enero de 2015, de la Dirección Gerencia del SES, que convocaban las distintas Bolsas de Trabajo antes citadas, así como en el Pacto de Selección de Personal Temporal, suscrito el 17 de enero de 2013, y modificado por el Pacto suscrito el 13 de abril de 2016.

Cuarto.- Se incluyen en el Anexo II los posibles nombramientos a ofertar a las diferentes categorías y especialidades incluidas en la presente resolución.

Quinto.- Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante órgano jurisdiccional que sea competente de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE nº 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contando desde el siguiente al de su publicación. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del SES en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación, según se dispone en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero (DOE nº 35, de 26 de marzo y BOE nº 92, de 17 de abril), del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236, de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Interpuso recuso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Aquí puede obtener la RESOLUCIÓN de 11 de mayo, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, por la que se establece un corte extraordinario de actualización de valoración de méritos e inscripción de nuevos aspirantes en las Bolsas de Trabajo de las diferentes especialidades en las categorías de Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, Médico/a de Urgencia Hospitalaria, Médico/a de Urgencias de Atención Primaria, Pediatra de Equipo de Atención Primaria, Psicólogo/a Clínico y Técnico/a de Salud, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud