Receta privada

Desde el 21 de enero de 2013, según lo establecido en el Real Decreto 1718/2010 sobre receta médica y órdenes de dispensación, las recetas médicas privadas, tanto en soporte papel como electrónico, incorporan medidas de seguridad que garantizan su autenticidad, identidad del prescriptor y su habilitación para el ejercicio profesional.

La receta médica privada es un documento normalizado y obligatorio mediante el cual los médicos legalmente facultados para ello, y en el ámbito de sus competencias, prescriben a los pacientes medicamentos sujetos a prescripción médica para su posterior dispensación en las oficinas de farmacia. Suponen un medio fundamental para la transmisión de información entre profesionales sanitarios y una garantía para los pacientes.

El solicitante deberá indicar su nombre y apellidos, número de colegiado, especialidad, dirección profesional y correo electrónico. Así como el número de recetas que solicita y el formato del mismo (papel o pdf).

Cada talonario dispone de cien recetas.