La Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta ha elaborado un documento de «Recomendaciones sobre el uso de mascarillas en espacios interiores» en el que especifica que el uso de mascarilla «reduce la emisión de aerosoles generados al respirar, hablar, gritar, toser o estornudar y es eficaz para reducir el riesgo de transmisión de virus respiratorios».

Por ello, especifica que su uso será obligatorio en:
– Trabajadores y visitantes de centros, servicios y establecimientos sanitarios y en pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
– Trabajadores en centros socio-sanitarios. Visitantes en zonas compartidas de centros sociosanitarios.
– Medios de transporte.

Además, indica que no tendrán que utilizar mascarilla los alumnos en el ámbito escolar aunque recomienda el uso responsable en:
– Población vulnerable en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.
– Profesores con factores de vulnerabilidad.
– En el ámbito laboral, siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio.
– En reuniones de personas de distintos entornos familiares o cuando en el núcleo familiar haya personas vulnerables y en reuniones de amigos y celebraciones privadas.
– En espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos, museos, etc.) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes, locales de ocio nocturno, …) y espacios cerrados donde se realizan otras actividades que por su naturaleza pueden suponer un incremento del riesgo, no sólo por el hecho de comer y beber (gimnasios, salas de baile, …).