• La póliza incluye un capital de 30.000 euros por fallecimiento y hasta 1.400 euros por hospitalización
  • 109 aseguradoras han aportado 38 millones de euros para financiar esta protección durante medio año

El pasado 7 de abril, UNESPA anunció el compromiso de más de un centenar de aseguradoras de contribuir un fondo solidario dotado de 38 millones de euros para proteger a los profesionales sanitarios y de las residencias de mayores que luchan más directamente contra la COVID-19 en España. Esta iniciativa sectorial busca reconocer la extraordinaria labor y el esfuerzo personal que estos profesionales realizan durante la pandemia.

Por ello, UNESPA, en nombre y representación de 109 aseguradoras, ha suscrito un seguro de vida gratuito que cubre el fallecimiento por causa directa del COVID-19 de los profesionales sanitarios en España, así como un subsidio para aquellos que resulten hospitalizados.

El capital asegurado en caso de fallecimiento asciende a 30.000 euros brutos por persona que percibirán sus beneficiarios. Mientras que, el subsidio de hospitalización, entre tanto, conllevará el pago de 100 euros al día al sanitario ingresado siempre que su estancia hospitalaria (no se entiende incluidos los hoteles medicalizados ni los domicilios particulares) haya superado los tres días y hasta un máximo de 14 días. Es decir, los pagos oscilaran entre los 400 y los 1.400 euros brutos por persona.

Es condición indispensable para estar asegurado haber estado involucrado directamente en la lucha contra la COVID-19 y manteniendo contacto físico con personas infectadas por coronavirus.

Este seguro dará cobertura a todas aquellas personas del colectivo asegurado que sean hospitalizadas o fallezcan a causa directa del COVID-19 desde el pasado 14 de marzo hasta el próximo 13 de septiembre de 2020, ambos días incluidos.

El seguro suscrito por el sector asegurador dará protección a los profesionales sanitarios que aparecen listados y que trabajen en las siguientes categorías de centros sanitarios, siempre que haya estado involucrados directamente en la lucha contra la COVID-19:

Categorías de centros sanitarios:

    • Hospitales públicos
    • Hospitales de campaña dependientes de hospitales o de las CCAA
    • Centros de salud y consultorios de atención primaria públicos
    • Servicios públicos de urgencias y emergencias
    • Hospitales privados, clínicas privadas o servicios de urgencias y emergencias dependientes de éstos.

Profesionales sanitarios que desarrollen las siguientes actividades:

    • Médicos
    • Enfermeros
    • Matronas
    • Técnicos en cuidados auxiliares de enfermería
    • Especialistas en radiofísica hospitalaria
    • Especialistas en análisis clínicos
    • Técnicos superiores de laboratorio clínico y biomédico
    • Técnicos superiores en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear
    • Farmacéuticos que presten sus servicios en hospitales públicos o privados, o en centros de salud y consultorios de atención primaria públicos.
    • Fisioterapeutas que han realizado terapia respiratoria a los pacientes con COVID-19, tratamiento a pacientes de COVID-19 en UCI para conseguir una extubación temprana, así como las polineuropatías secundarias a la pronación y la sedación prolongada.

Otros profesionales sanitarios:

    • Médico Interno Residente (MIR)
    • Enfermero Interno Residente (EIR)
    • Farmacéutico Interno Residente (FIR)
    • Psicólogo Interno Residente (PIR)
    • Químico Interno Residente (QIR o QUIR)
    • Radiofísico Interno Residente (RFIR)

Personal no sanitario:

    • Celadores
    • Técnicos en emergencias sanitarias encargados del traslado de pacientes en ambulancias o helicópteros medicalizados.

Profesionales sanitarios contratados por la crisis sanitaria (Orden SND/232/2020):

    • Estudiantes de grado de medicina y enfermería en su último año de formación
    • Licenciados en Medicina aspirantes al MIR
    • Diplomados en Enfermería aspirantes al EIR
    • Profesionales sanitarios con título de especialista obtenido en Estados no miembros de la Unión Europea
    • Profesionales sanitarios con título de especialista obtenido en Estados miembros de la Unión Europea mediante procedimiento abierto de reconocimiento
    • Reincorporación de médicos y enfermeros jubilados menores de 70 años reincorporados por la autoridad sanitaria competente de las CCAA y del personal emérito nombrado por las CCAA
    • Reincorporación voluntaria de médicos y enfermeros con dispensa por la realización de funciones sindicales.

 

El seguro suscrito por el sector asegurador dará protección a los profesionales que aparecen listados más bajo y que trabajen en residencias de mayores, siempre que hayan estado involucrados directamente en la lucha contra la COVID-19, habiendo mantenido contacto físico con personas infectadas por la COVID-19:

  • Médicos
  • Enfermeros
  • Técnicos en cuidados auxiliares de enfermería
  • Auxiliares de geriatría y gerontología (gerocultores)

 

La aseguradora abonará a los beneficiarios un capital bruto de 30.000 euros si durante el periodo de cobertura se produce el fallecimiento del asegurado por causa directa del COVID-19 contraído por el asegurado por motivo del desarrollo de su actividad laboral, estatuaria o profesional.

Los beneficiarios de la prestación por fallecimiento serán por orden preferente y excluyente los indicados a continuación:

  1. El cónyuge del asegurado (salvo que hubiese recaído sentencia de separación) y sus hijos a partes iguales.
  2. Los padres del asegurado, también a partes iguales.
  3. Los herederos del asegurado.

Los beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos para percibir la indemnización del seguro de vida:

  • Solicitud de la prestación debidamente firmada. (Descargar al final)
  • Fotocopia del DNI del beneficiario/s, en vigor y por ambas caras.
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria en la que cada beneficiario desea percibir la prestación.
  • Documento que acredite la liquidación del impuesto que grave la prestación (Impuesto sobre sucesiones y donaciones)
  • Certificado literal de defunción del asegurado.
  • Certificado médico de defunción del asegurado.
  • Informe médico acreditando, con el detalle de las fechas de hospitalización y, en su caso, alta.
  • Certificado emitido por el órgano competente de la comunidad autónoma que acredite que el asegurado pertenece a alguno de los colectivos que integran el grupo asegurable de la póliza y que la prestación que se solicita deriva del COVID-19 contraído en el ejercicio de su actividad laboral. (Modelo al final)
  • Los documentos que acrediten la condición de beneficiario. Por ejemplo: cónyuge, hijos, padres…

 

La aseguradora abonará al sanitario ingresado un importe de 100 euros por día de hospitalización (no se entiende incluidos los hoteles medicalizados ni los domicilios particulares), siempre que dicha hospitalización se haya iniciado durante el periodo de cobertura y se haya producido por causa directa del COVID-19.

El asegurado deberá haber enfermado por motivo del desarrollo de su actividad laboral al haber estado involucrado directamente en la lucha contra la COVID-19 y siempre que su ingreso hospitalario haya superado los 3 días y hasta un máximo de 14 días. Por lo que, los pagos oscilarán entre los 400 euros y los 1.400 euros brutos.

Los beneficiarios deberán aportar los siguientes documentos para percibir el subsidio de hospitalización:

  • Solicitud de la prestación debidamente firmada. (Descargar al final)
  • Fotocopia del DNI del beneficiario/s, en vigor y por ambas caras.
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria en la que cada beneficiario desea percibir la prestación.
  • Documento que acredite la liquidación del impuesto que grave la prestación (Impuesto sobre sucesiones y donaciones)
  • Informe médico acreditando, con el detalle de las fechas de hospitalización y alta.
  • Certificado emitido por el órgano competente de la comunidad autónoma que acredite que el asegurado pertenece a alguno de los colectivos que integran el grupo asegurable de la póliza y que la prestación que se solicita deriva del COVID-19 contraído en el ejercicio de su actividad laboral. (Modelo al final)

 

Para el envío de la documentación deberán ser enviados por correo electrónico a la dirección contacto@vidacaixa.es

 

Para cualquier duda o consulta pueden ponerse en contacto con el Colegio de Médicos de Cáceres al teléfono 927 222 622 o al correo electrónico luisa@comeca.org o comeca@comeca.org. También pueden ponerse en contacto con el teléfono ofrecido por UNESPA 93 014 10 54.

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