El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado un procedimiento para que las personas que realizaron prácticas formativas no remuneradas y no cotizaron por ellas puedan recuperar hasta cinco años (1.825 días) de cotización mediante la suscripción de un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). La medida, publicada en el BOE, entró en vigor el 2 de agosto de 2024 y puede solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2028.

La normativa está dirigida a quienes realizaron prácticas académicas en universidades (grado, máster, doctorado o títulos propios), formación profesional no intensiva (sin relación laboral) y programas de investigación, tanto en España como en el extranjero. También podrán completar hasta cinco años quienes ya hubieran recuperado dos años al amparo de la regulación de 2011.

La base de cotización se calculará conforme al año en que se realizaron las prácticas (no la base vigente en 2024). A modo orientativo, para periodos entre 1980 y 2006 el coste por mes a computar puede situarse aproximadamente entre 40 y 140 euros/mes. Una vez determinada la deuda por la TGSS, se aplica un coeficiente del 0,77, resultando la cuota final a ingresar. El pago puede efectuarse en un único abono o de forma fraccionada en un número máximo de mensualidades igual al de las regularizadas.

Para solicitarlo, la persona interesada debe acreditar las prácticas mediante un certificado oficial emitido por la universidad o el centro donde se realizaron y, posteriormente, tramitar online el alta del convenio especial en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (apartado “Alta, baja o variación de datos del convenio especial”).

Para más información, puede consultarse la Guía oficial del Ministerio y la Sede Electrónica de la Seguridad Social para la tramitación del convenio especial.