Habiéndose realizado consulta al Colegio sobre la modificación del Régimen de Clases Pasivas de los funcionarios. Os informamos.

El Gobierno mediante el Real Decreto-Ley 15/2020 del pasado 21 de abril, publicado en el B.O.E. 22-04-2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, inicia el traspaso de la gestión de las pensiones de los funcionarios civiles del estado, pertenecientes al Régimen de Cases Pasivas del Estado, desde el Ministerio de Hacienda, donde han estado hasta ahora, al nuevo Ministerio de Inclusión, Seguridad Social.

Las disposiciones adicionales quinta, sexta y séptima de este decreto, inician este traspaso que se ejecutara definitivamente cuando se apruebe otro Real Decreto de estructura de dicho Ministerio, aprobando de momento la gestión de las pensiones y otras prestaciones dependiendo primero de manera transitoria de la Dirección General de ordenación de la Seguridad Social, y, después definitivamente del Instituto Nacional de Seguridad Social.

Aunque se trata de un régimen a extinguir, desde el 1 de enero de 2011, actualmente existen 637.213 funcionarios en clases pasivas en el Estado, como es el caso de los médicos del Cuerpo Nacional de Médicos Titulares (APD) incluidos en este régimen.

El sistema de cotización y jubilación de este colectivo es sustancialmente diferente al de los asalariados y aunque por ahora no se modifica el régimen sustantivo o material (derechos y obligaciones) del régimen de clases pasivas, si implica un cambio en el reconocimiento y la gestión de las pensiones, pasando próximamente, a ser gestionadas por el Régimen General de la Seguridad Social.

Los asesores jurídicos entienden que dichas modificaciones podrían ser inconstitucionales por no incurrir el supuesto de ser considerada una medida urgente en la actual situación, pero solo los partidos políticos con más de 50 Diputados o Senadores, son los que podrían presentar dicho recurso de inconstitucionalidad, pues no cabe otro tipo de recurso.