El Colegio de Médicos de Cáceres recuerda que los médicos de Atención Primaria, facultativos de familia y pediatras, no tienen la responsabilidad de realizar informes que justifiquen la falta de asistencia a clase.
«Los médicos sólo están obligados a emitir informes o certificados relativos al estado de salud que figuren en la historia clínica del paciente y bajo su propio criterio clínico, sin emitir juicios de valor y sin que puedan tener una finalidad determinada como sería la escolarización».
En este caso, el órgano colegial considera que «corresponde a los padres, madres o tutores legales que ejercen la patria potestad de los alumnos dentro de su tarea educativa, en caso de menores de edad, la responsabilidad de comunicar y justificar las ausencias de sus hijos» pero «en ningún caso» es competencia del profesional sanitario.
Asimismo insiste en que «la escolarización es obligatoria en España desde los 6 hasta los 16 años, tal y como recoge el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».
Estas declaraciones vienen suscitadas ante el aumento de consultas en los Equipos de Atención Primaria, especialmente en Pediatría, con la intención de obtener informes o certificados médicos que justifiquen la ausencia de los niños a clase ante el temor a los contagios por la Covid-19.
Comunicado Colegio de Médicos sobre los informes para la dispensa de asistencia a clase