Documento de consenso entre la Conferencia Nacional de Decanos de Facultades de Medicina de España y las Comisiones de Deontología de los Colegios de Médicos de España

1. Atendiendo al significado que tiene la función del médico en nuestra sociedad y de las relaciones existentes entre la ética y el derecho se considera imprescindible dar a conocer y profundizar en la enseñanza de la ética y deontologías médicas, como base de las conductas del médico.

2. Tanto la ética médica como la deontología profesional no pueden ser consideradas como un aspecto accesorio de la medicina, sino un elemento que la caracterice.

3. Formación de grado:

La Organización Médica Colegial y las autoridades académicas han de colaborar para que la ética médica y la deontología sean partes relevantes del programa docente del grado de medicina.

Los contenidos de ética médica y deontología deben incorporarse en los planes de estudios del grado de medicina, como así lo recoge el libro blanco de la titulación y la Orden ECI/332/2008 que establece los requisitos para la verificación de los títulos de médicos.

Los contenidos de ética médica y deontología deberían impartirse en un proceso longitudinal que abarque tanto los cursos iniciales como la fase clínica de la enseñanza. Además estos contenidos pueden ser transversales a varios programas docentes. En cualquier caso, los contenidos de ética médica y deontología deben quedar bien definidos en las guías docentes correspondientes.

Los contenidos de ética médica y deontología deben incluir referencias suficientes tanto al Código de Ética y Deontología Médica de la OMC y a otros códigos deontológicos profesionales como a los principios básicos de la ética médica y la bioética, así como a los valores profesionales.

En esta docencia se debe tener en cuenta la colaboración de médicos que, aunque no estén formalmente incorporados a los cuadros docentes de las facultades, puedan participar en la docencia, especialmente si tienen experiencia acreditada o son miembros de las comisiones deontológicas o de otras comisiones de bioética.

4. Formación a lo largo de la vida:

La enseñanza de los deberes que competen al médico en el ejercicio de su profesión estará inspirada en el Código de Ética y Deontología elaborado por la Organización Médica Colegial. Debe garantizarse esta formación y actualización permanentemente.

El objetivo básico y fundamental de esa enseñanza debe concretarse en el conocimiento del Código de Ética y Deontología de la Organización Médica Colegial. Las comisiones de deontología de los colegios de médicos deben tener un papel director y coordinador de esta enseñanza a los médicos, cooperando y proponiendo iniciativas formadoras mediante: cursos de formación continuada, cursos monográficos, seminarios, etc. De igual modo, las comisiones de deontología ejercerán una función de asesoramiento a todos los médicos colegiados.

Las comisiones de deontología deben participar activamente en foros de debate con los agentes sociales: asociaciones de pacientes, de padres y madres de alumnos, asociaciones de consumidores, medios de comunicación, etc., para divulgar los principios deontológicos y establecer un debate social sobre temas de actualidad.

Badajoz, a 30 de mayo de 2009.